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Gobierno de Colombia modificó régimen de zonas francas

José Manuel Restrepo, Ministro de Comercio, Industria y Turismo, anunció este lunes la expedición del decreto Decreto 278 del 15 de marzo de 2021, que modifica el régimen de zonas francas en Colombia.

El decreto busca impulsar la implementación de un modelo de zonas francas 4.0, con el que se optimizará la competitividad de este instrumento de promoción de inversión en el país.

La idea es mejorar la competitividad de este instrumento de promoción de inversión en el país, así las cosas el monto mínimo de inversión requerido para la declaratoria y prórroga, se reduce en al menos 15,2%.

“Con este avance estructural en el régimen, el Gobierno contribuye a posicionar al país a la vanguardia en el hemisferio para la atracción de inversión, al contar con un instrumento moderno que hoy cuenta con 120 zonas francas declaradas”, dijo el ministro Restrepo a través de un comunicado.El jefe de cartera mencionó que de 120 zonas francas, 41 corresponde a permanentes y 79 a permanentes especiales, de las cuales cinco han sido prorrogadas. El decreto genera más de 136.000 empleos y en los últimos 13 años ha generado $48 billones en inversiones.

CUALES SON LOS CAMBIOS?

Promover la economía 4.0 y la exportación de servicios es una de las novedades contempladas en la modificación del régimen, con lo cual se habilita el reconocimiento de activos intangibles (conforme con el régimen de propiedad intelectual vigente) como parte de los compromisos de inversión (hasta por el 20 % de la nueva inversión).

“También se permite la realización de comercio electrónico en las zonas francas para usuarios de bienes y servicios mediante la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes”, explicó Mincomercio.

Por su parte, para nuevos proyectos de servicios, se establece la posibilidad de reducir compromisos de inversión si realiza exportaciones (efectivamente canalizadas por el mercado cambiario cada año).

Adicionalmente, se habilita que zonas francas permanentes especiales de servicios puedan convertirse en zonas francas permanentes, con el objetivo de calificar usuarios que presten servicios (fundamentalmente de exportación), tales como ciencia, tecnología, innovación, cultura y conocimiento, entre otros.

En tanto, para que nuevos proyectos de zona franca que se localicen en municipios con altos índices de pobreza, se reduce el compromiso de inversión hasta en un 30%. Esta posibilidad también aplica para la solicitud de prórroga de zonas francas existentes en los municipios que apliquen.

De acuerdo con Mincomercio, otras de las novedades es el desarrollo regional, pues se elimina el requerimiento de área mínima para las nuevas zonas francas permanentes dedicadas a la prestación de servicios en ciudades y municipios con menos de un millón de habitantes.

“Para nuevos proyectos de zona franca que se localicen en municipios con altos índices de pobreza, se reduce el compromiso de inversión hasta en un 30 %. Esta posibilidad también aplica para la solicitud de prórroga de zonas francas existentes en municipios con dicha característica”.

Por otro lado, el decreto permite la reducción de tiempos y requisitos. Según Mincomercio, se reduce en al menos un 15,2 % el monto mínimo de inversión requerido para la declaratoria y prórroga de zonas francas.

En el caso del proceso de trámite de nuevas declaratorias, se reduce de 57 a 24 el número de requisitos que deben ser acreditados, así como el tiempo para la declaratoria de 18 a 6 meses aproximadamente.

También se habilitó la oportunidad de acreditar el cumplimiento de compromisos de inversión a partir de la fecha de solicitud de declaratoria (hasta por el 20% del compromiso).

Adicionalmente, se abrió la posibilidad para la solicitud de nuevas zonas francas en todo tipo de actividades agroindustriales, así como para concesiones aeroportuarias y férreas (este último sujeto a reglamentación).

De la misma manera, se iguala en 30 años el término máximo para la prórroga tanto de zonas francas permanentes, como permanentes especiales y se da vía libre a que las zonas francas adicionen áreas no colindantes al espacio originalmente declarado, siempre que dichas áreas se encuentren en el mismo municipio o en municipios limítrofes dentro de la misma jurisdicción aduanera.

También se abre la posibilidad para que zonas francas existentes soliciten la ampliación de las actividades económicas para las cuales se autorizó su declaratoria.

De otro lado, en el marco del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación -SNCI-, se habilitó la creación de un Comité Técnico de Zonas Francas, como instancia para promover la competitividad del régimen de zonas francas frente a terceros países, así como para fortalecer la operación del modelo en el país, mediante un diálogo permanente y constructivo con el sector empresarial.

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