Pregunta del plebiscito es facultad exclusiva del presidente, aclara la Corte
La presidenta de la Corte Constitucional, magistrada María Victoria Calle, advirtió que ese alto tribunal no es quien decide cómo se debe redactar la pregunta del plebiscito, pues es facultad exclusiva del presidente de la República.
Sostuvo que la función de la Corte es constatar que el contenido del proyecto de ley estatutaria se haga acorde con la Constitución, tal como se hizo.
“La Corte no pide cosas al presidente, la Corte analiza y estudia en forma previa y automática el proyecto de ley estatutaria que serviría de marco jurídico para la implementación de todo lo que tiene que ver con una paz estable y duradera“, agregó.
“La pregunta del plebiscito le corresponde al presidente de la República, ya que es inherente a sus facultades, pregunta que ya formuló tras la autorización del Congreso para adelantar el plebiscito”, puntualizó Calle.
La presidenta de la Corte recalcó que los colombianos serán quienes decidan avalar o no el acuerdo final y precisó que si optan por el no, las facultades del presidente de la República no se agotan y podrá seguir auscultando nuevas fórmulas en la búsqueda de la paz.