Procuraduría ordenó revocar prisión domiciliaria a Emilio José Tapia

La Procuraduría General de la Nación revelo que pidió a la juez primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla revocar la prisión domiciliaria concedida a Emilio José Tapia Aldana, acusado por el ‘carrusel de la contratación’, al advertir burlas a la justicia e incumplimiento de sus obligaciones como condenado, cuando se trasladó a Bogotá, Antioquia, Sucre, entre otros, sin la debida autorización legal.

El requerimiento se presentó a raíz de la supuesta vinculación del empresario a reuniones que aparentemente se efectuaron en diferentes ciudades del país, para adjudicar la contratación que se firmó entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (MinTic) y la Unión Temporal Centros Poblados.

Bajo el caso del ‘carrusel de la contratación’ y a solicitud del Ministerio Público, en el año 2020 le fue revocada a Emilio Tapia una libertad condicional concedida por el mismo juzgado de Barranquilla.

El ente de control solicitó a la juez que ordene a Tapia Aldana seguir cumpliendo su pena en un establecimiento carcelario, debido a que con su comportamiento se generaron “serias dudas acerca de su genuina resocialización y ánimo de colaboración”, así como del efectivo control que ejerce el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec).

Para la Procuraduría, estos viajes estarían ocasionado “desconocimiento por parte del señor Emilio José Tapia Aldana de las obligaciones por él adquiridas al serle concedida la prisión domiciliaria por parte del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, inclusive utilizando, con ilegales propósitos, el domicilio en el que una autoridad judicial dispuso que debía permanecer privado de la libertad.”

La Procuraduría pidió compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación, con el fin de que se “aperturen las correspondientes investigaciones penales en contra de los servidores públicos que con su acción u omisión hayan permitido o facilitado al condenado Emilio José Tapia Aldana incumplir las obligaciones que le habían sido impuestas al concederle prisión domiciliaria y en consecuencia burlado el accionar de la justicia en sede de ejecución de penas”.

/Asuntos Legales

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