
· El espacio público de acuerdo a la normatividad ambiental, especialmente en el tema relacionado con los árboles urbanos, es competencia del municipio.
“Todo el mundo quiere estacionar bajo la sombra de un árbol, pero nadie está sembrando árboles”, advirtió el director de la Corporación Autónoma Regional del Cesar, Corpocesar, Kaleb Villalobos.
Citando esta frase anónima el Director de Corpocesar, Kaleb Villalobos Brochel, abrió su ponencia denominada: “El rol de Corpocesar en el arbolado urbano”, en el marco del Foro “Hablemos del Árbol” organizado por el Diario El Pilón.
“Para nosotros es valioso que se generen estos espacios ya que es importante que la ciudadanía conozca cuál es la competencia de la autoridad ambiental en el cuidado del arbolado urbano. La discusión con respecto a los árboles urbanos hay que darla con argumentos, porque la responsabilidad de preservarlos es de todos” manifestó, el Director General de Corpocesar, Kaleb Villalobos Brochel.
El Director de Corpocesar, expuso en el foro que desde la autoridad ambiental se ha trabajado en la conservación de los árboles en la ciudad de Valledupar a través del Plan de Arbolado Urbano (Convenio Corpocesar, Gobernación del Cesar y Alcaldía de Valledupar), la campaña “Sembrando Oxígeno” (siembra de 470 árboles en instituciones educativas y sitios estratégicos de Valledupar), entre otras acciones.
De igual forma, el jefe de la autoridad ambiental justificó las talas y podas enmarcadas en la normatividad ambiental que se le realizan a los árboles en la ciudad de Valledupar, de conformidad con el artículo 2.2.1.1.9.3. del Decreto 1076 de 2015, “cuando se requiera talar o podar árboles aislados localizados en centros urbanos que por razones de su ubicación, estado sanitario o daños mecánicos estén causando perjuicio a la estabilidad de los suelos, a canales de agua, andenes, calles, obras de infraestructura o edificaciones, se solicitará por escrito autorización, a la autoridad competente, la cual tramitará la solicitud de inmediato, previa visita realizada por un funcionario competente que compruebe técnicamente la necesidad de talar árboles”.
El funcionario también dio a conocer la existencia del principio de precaución que contempla la Ley 1523 de 2012 de Gestión del Riesgo de Desastres: “Donde las entidades y los particulares pueden hacer uso de este principio para prevenir situaciones de alto riesgo que constituyan un peligro latente para la comunidad por la caída de ramas e incluso del mismo árbol” aclaró, Director de Corpocesar
Así mismo, Villalobos Brochel hizo un llamado a la Secretaría de Infraestructura del departamento y la Secretaría de Obras Públicas de Valledupar para que se rediseñen obras urbanas que sean amigables con el ambiente sin afectar el entorno paisajístico urbano; y a la empresa Electricaribe para que ejecute con base en los criterios técnicos de podas esta actividad.
La competencia de la corporación en relación con el mantenimiento de los árboles urbanos están orientadas por: La seguridad de riesgos a accidentes de ramas o árboles, mejora y recuperación fitosanitaria, afectación a inmuebles particulares, equipamiento urbano y por mantenimiento.
Los permisos emitidos por la Corporación con respecto al arbolado urbano, son: Las autorizaciones para talar o podar árboles aislados localizados en centros urbanos, por daños y perjuicios a obras de infraestructuras, y remodelación o construcción de obras urbanísticas.