Política

Movimiento Alas recobra personería y está cerca de entregar avales

El partido Alas recobró la personería jurídica gracias a medidas cautelares que le otorgó el Consejo de Estado, que dejó sin efecto las resoluciones del Consejo Electoral que en 2010 le quitó el reconocimiento por no alcanzar el umbral en los comicios de 2010.

Esto quiere decir que para las elecciones presidenciales y legislativas de 2018 está latente la posibilidad para el Movimiento Alas avalar candidatos, pues a pesar de que perdió la personería jurídica en el año 2010, una sentencia del Consejo de Estado en 2013 suspendió provisionalmente las resoluciones en ese sentido del Consejo Nacional Electoral.

 El Partido Alas, Alternativa Liberal de Avanzada Social, fue fundado en 2006 por el ex parlamentario cesarense, Álvaro Araujo Castro y por su padre el ex ministro de Estado, Álvaro Araujo Noguera.

En diciembre pasado, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral aprobó la Resolución 3189 con ponencia del magistrado Emiliano Rivera Bravo, en la cual acata el auto de 2 de julio de 2013, a través del cual la Sección Primera del Consejo de Estado admitió la demanda del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por Alas y suspendió provisionalmente las resoluciones 1959 y 2319 de 2010, que declararon la pérdida de su personería jurídica y se abstuvieron de declarar la elección en la curul de la circunscripción especial de minorías políticas de la Cámara de Representantes que existía para ese entonces.

De acuerdo con dicha resolución, la orden judicial “implica el reconocimiento temporal del atributo de la personería jurídica del Partido Político Alas hasta tanto la jurisdicción contenciosa se pronuncie de manera definitiva o este participe en las próximas elecciones al Congreso de la República y cumpla con los requisitos contemplados para dichos efectos, en el artículo 108 Superior”.

En consecuencia, la mayoría de la Sala Plena resolvió que para esos efectos Alas aportara la documentación señalada en el artículo 4 de la Ley 1475 de 2011, norma que establece el contenido mínimo de los estatutos de los partidos y movimientos políticos.

La posibilidad que se abre para el Partido Alas en este momento es reactivar el funcionamiento de la colectividad por medio de una asamblea, elegir sus directivas y entregar la documentación al Consejo Nacional  solicitando la personería jurídica.

No obstante, ello no le garantiza que su petición será acogida, pues hay un fuerte debate en la Sala Plena de la Corporación porque algunos magistrados consideran que se extralimita el Consejo Nacional Electoral al iniciar con Alas el trámite legal para el reconocimiento de su personería jurídica de forma plena por cuanto el Acto Legislativo 1 de 2013 suprimió la circunscripción especial para minorías políticas.

Pérdida de personería

En el año 2010 el Consejo Nacional Electoral le retiró la personería jurídica al Partido Alas porque no alcanzó los requisitos que establece la Constitución para conservarla, es decir, el umbral del 2% que operaba para la época.
En la Resolución 1787 del 18 de julio de 2010, el Consejo Electoral señala que teniendo en cuenta que la votación válida para la circunscripción de Senado de la República en los comicios de ese año fue de 10.961.631 votos, ello significa que para alcanzar dicho umbral los partidos requerían 219.233 sufragios.

No obstante, “el Partido Alas solo obtuvo 38.248 votos, por lo que no superó el umbral de votación mínima para mantener la personería jurídica”.

En tanto que la votación válida a  nivel nacional para la Cámara de Representantes fue de 9.682.711 votos, “de los que el 2% corresponde a 193.654, habiendo obtenido el Partido Alas una votación total nacional de 185.563, la que es inferior al 2% exigido, por lo que tampoco podía mantener su personería jurídica”.

Por último este partido aspiró en esa oportunidad sin éxito  a conservar la personería jurídica por la circunscripción de minorías étnicas y políticas.

Consejo de Estado

El Partido Alas acudió ante el Consejo de Estado impetrando una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra las resoluciones del Consejo Nacional Electoral y, así mismo, pidió medidas cautelares solicitando la suspensión provisional de las mismas.

Mediante auto del 2 de julio del año 2013, el alto Tribunal admitió la demanda de Alas así como suspender las resoluciones demandadas. Acto seguido la apoderada de Alas solicitó al Consejo Nacional Electoral acatar la decisión del Consejo de Estado.

Sobre el particular, la magistrada ponente del Consejo de Estado señaló en su escrito que “de los hechos presentados por el demandante se advierte que de la simple confrontación de los actos acusados con las disposiciones contenidas en los artículos 29 y 58 de la Constitución Política, surge la violación flagrante u ostensible, pues el principio de irretroactividad de la ley implica que esta se aplica a partir de su vigencia a fin de preservar los derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles y no es procedente aplicarla retroactivamente”.

El acatamiento del fallo del Consejo de Estado implica el reconocimiento temporal de la personería jurídica al Partido Alas hasta tanto la jurisdicción contencioso-administrativa se pronuncie de fondo acerca de esta demanda.

Antecedentes

Alas fue uno de los partidos que se vio involucrado en el escándalo de la parapolítica, pues dos de sus senadores Álvaro Araújo Castro y Oscar Suárez fueron condenados por la Corte Suprema de Justicia por vínculos con grupos paramilitares.

El Partido Alas (Alternativa Liberal de Avanzada Social) fue fundado en 2006 por Araújo Castro, el cual presentó una lista única con el Movimiento  Equipo Colombia en las elecciones legislativas de ese año. No obstante en 2009 estas colectividades ‘partieron cobijas’, manteniendo el primero la personería jurídica.

Con personería 

En la actualidad hay 13 partidos y movimientos políticos que gozan de personería jurídica por parte del Consejo Nacional Electoral, tras los resultados de las elecciones parlamentarias de marzo de 2014, con excepción de la Unión Patriótica que fue producto de un fallo del Consejo de Estado.

Ellos son el Partido Liberal Colombiano, el Partido Conservador Colombiano, Partido de Integración Ciudadana, Partido Cambio Radical, Partido Alianza Verde, Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia (AICO), Partido Alianza Social Independiente (ASI), Movimiento MIRA, Partido Social de Unidad Nacional (La U), Partido Polo Democrático Alternativo, Partido Unión Patriótica, Centro Democrático, Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS).

En el caso de la Unión Patriótica a pesar de que no logró superar el umbral del 3% en  los comicios parlamentarios de marzo de 2014, pues apenas alcanzó 99.414 votos frente a los 350 mil que se requerían, conservó la personería después de que el Consejo Electoral tuviera en cuenta que se presentó a estos comicios sin un respaldo económico y sin espacios en los medios de comunicación.

En 2013 el Consejo de Estado le restituyó dicha personería por considerar que “la UP no contó con las condiciones de garantía indispensables para vincularse a la contienda electoral (de 2002), tras los graves hechos ocurridos después de las elecciones de 1986”, que derivó en un genocidio político en su contra.

 

 

 

 

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